Apoyamos los esfuerzos de los países de América Latina y el Caribe para aumentar sus capacidades en materia de gestión de la deuda pública y fomentar mejores prácticas de gestión de la deuda. Nuestro objetivo es mejorar la gestión de la deuda a través de la integración regional, el intercambio de experiencias y la cooperación entre los países.
LAC Debt Group es el Grupo de Especialistas en Gestión de Deuda de América Latina y el Caribe. El Grupo está conformado por 26 países de América Latina y el Caribe.
El principal objetivo del Grupo es fortalecer la capacidad de los gobiernos para gestionar la deuda pública y fomentar mejores prácticas de gestión mediante el intercambio continuo de experiencias entre los países y las discusiones técnicas.
Esta iniciativa nació durante un taller sobre el desarrollo de los mercados de bonos que tuvo lugar en el BID los días 5 y 6 de agosto de 2004. El Grupo fue creado formalmente en marzo de 2005 durante su primera Reunión Anual en Río de Janeiro, Brasil.
El Grupo de Deuda de América Latina y el Caribe propone un marco general para estructurar y orientar las acciones de los especialistas en gestión de la deuda pública en la región, fomentando el intercambio ininterrumpido de experiencias y políticas entre países, las discusiones técnicas entre un amplio grupo de analistas de gestión de la deuda, así como el acceso a datos y estadísticas estandarizadas de la deuda pública. El Grupo también sirve como mecanismo de armonización, facilitador del intercambio de experiencias, el fomento de innovaciones y la promoción de los mercados financieros en la región. Por último, el Grupo fomenta la realización de estudios y debates sobre los instrumentos analíticos actuales y potenciales de gestión de la deuda y los bonos.
El Grupo de Deuda de América Latina y el Caribe busca fortalecer la capacidad de los gobiernos para gestionar la deuda pública y fomentar mejores prácticas en América Latina y el Caribe.
Los principales objetivos del Grupo de Deuda de América Latina y el Caribe están relacionados con el apoyo a la cooperación regional con el fin de crear un marco más homogéneo para los mercados de deuda y bonos para:
- Intensificar las discusiones entre los administradores de la deuda como resultado de una mejor integración entre los países y el establecimiento de una red que facilite el intercambio de experiencias y la prestación de asistencia técnica.
- Contribuir a la efectividad de las OGD (Oficinas de Gestión de la Deuda) en los países de la región.
- Fomentar las mejores prácticas de las OGD para tratar temas de interés comunes que se hayan identificado en la región, sirviendo como referencias valiosas para la gestión de la deuda; y
- Favorecer el desarrollo del sector financiero y de capital.
El Grupo de Deuda de América Latina y el Caribe está conformado por 26 países de América Latina y el Caribe. Cada país miembro del Grupo tiene un voto y puede designar a un representante con derecho a voto para que asista a la reunión anual.
La solicitud de membresía con derecho a voto se limita a la entidad pública responsable de la gestión de la deuda en cada país.
El Grupo de Deuda de América Latina y el Caribe está encabezado por el Comité Directivo, que delega la supervisión de las operaciones diarias al Presidente, el Vicepresidente y el Secretario Ejecutivo. El Comité Directivo es responsable de la política general y la dirección del Grupo. Está integrado por siete miembros, un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo y otros cuatro miembros de la Mesa Directiva del Comité Directivo. La Junta Asesora, que está compuesta por una Organización Internacional, proporciona orientación al Comité Directivo:
El Comité Directivo es responsable de la política general y la dirección del Grupo. Está integrado por seis representantes y cuatro representantes suplentes de los países miembros, y por el secretario ejecutivo.
Cada una de las cuatro subregiones (Grupo Andino; Caribe; Centroamérica, México, Panamá, República Dominicana y Haití; y Cono Sur) elige a dos países para que actúen como miembros y miembros suplentes, respectivamente, en el Comité Directivo. Los otros dos miembros del Comité Directivo son elegidos por los representantes de los miembros generales que participan en la Reunión Anual.
Se eligen un Presidente y un Vicepresidente de entre los seis representantes de los países miembros. Los miembros del Comité Directivo tienen un mandato de dos años y pueden ser reelegidos por un período.
Elected by | Member Country | Alternate Member Country |
Andean Group | Peru | Colombia |
Caribbean | Barbados | Trinidad and Tobago |
Central America, Mexico, Panama, Dominican Republic and Haiti | Panama | Dominican Republic |
Southern Cone | Argentina | Uruguay |
Membership | Brazil | |
Membership | Mexico | |
Chair | Peru | |
Vice-Chair | Argentina |
La Junta Asesora está compuesta por miembros de organizaciones internacionales que desean proporcionar orientación al Comité Directivo. Los miembros del Comité Directivo identifican a los posibles candidatos para el Consejo Asesor en función de su compromiso con los objetivos y la misión del Grupo y de su interés expresado en él. Los candidatos son invitados a participar como miembros de la Junta Asesora por un período de dos años, pero pueden ser reelegidos por un período.
El Secretario Ejecutivo es responsable de mantener registros de las acciones de la Junta Directiva, ayudar en la preparación del presupuesto, ayudar a desarrollar planes de recaudación de fondos y poner la información financiera a disposición de los miembros del Comité Directivo y del público. La Secretaría Ejecutiva es el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Propone al Comité Directivo el programa de las reuniones anuales, talleres y otras actividades.
El Secretario Ejecutivo nombra un Coordinador General para establecer, con el aval del Comité Directivo y el resto del personal necesario para apoyar la implementación del programa del Grupo.
LAC Debt Group nació durante un taller sobre el desarrollo de los mercados de bonos que tuvo lugar en el BID los días 5 y 6 de agosto de 2004. En esta reunión, los representantes de las oficinas nacionales de gestión de la deuda respaldaron firmemente la idea de crear este grupo y se comprometieron a comenzar a trabajar para establecerlo. Destacaron la importancia organizativa y técnica del apoyo del BID en este esfuerzo. El BID comenzó a brindar apoyo al Grupo de Deuda de América Latina y el Caribe en julio de 2005 en el marco de su Iniciativa de Bienes Públicos Regionales. Este apoyo se está utilizando para financiar importantes actividades, estudios y productos regionales.
El Grupo fue creado formalmente en marzo de 2005 durante su primera Reunión Anual en Río de Janeiro, Brasil. El Grupo está conformado por 26 países de América Latina y el Caribe.
Durante la reunión de Río, los representantes de los países examinaron el marco general del Grupo para estructurar y orientar sus acciones. El enfoque elegido consistió en el intercambio continuo de experiencias entre los países y en los debates técnicos en los que participó un amplio grupo de analistas de gestión de la deuda que se ocupan de cuestiones administrativas, intermedias y de atención al público. Durante la reunión se aprobaron los estatutos del Grupo y se eligió el primer Comité Directivo. El primer Comité Directivo estuvo integrado por representantes de Brasil (Presidente), Colombia (Vicepresidente), Chile, Jamaica, México y Panamá. El cargo de Secretario Ejecutivo fue designado al Banco Interamericano de Desarrollo. Todos los representantes se comprometieron a comenzar a trabajar de inmediato en la aplicación de los objetivos del Grupo y apoyaron con entusiasmo la propuesta.
Sección 1: El nombre de la organización será Grupo de Deuda de América Latina y el Caribe - Grupo de Especialistas en Gestión de la Deuda de América Latina y el Caribe (Grupo).
Sección 2: El Grupo fue diseñado para apoyar la generación de conocimiento técnico y el fortalecimiento de las capacidades institucionales de las entidades públicas responsables de la gestión de la deuda en América Latina y el Caribe (Oficinas de Gestión de la Deuda - OGD).
Sección 3: El Grupo se reunirá todos los años. La fecha y el lugar de la reunión anual ordinaria serán fijados por el Comité Directivo.
Artículo 4: La reunión anual se notificará a cada entidad pública responsable de la gestión de la deuda en los países miembros, por correo electrónico o fax, por lo menos dos meses antes de la reunión.
Sección 5: El Comité Directivo podrá convocar reuniones extraordinarias del Grupo.
Sección 1: La solicitud de membresía con derecho a voto se limitará a la entidad pública responsable de la gestión de la deuda en cada país y -asignada por la autoridad que respalda la declaración de propósito en el Artículo 1 Sección 2- la membresía permanente está supeditada a estar al día en el pago de las cuotas de membresía.
Sección 2: Cada país miembro del Grupo tiene un voto. Nombrará a un representante con derecho a voto para que asista a la reunión anual.
Sección 3: Pueden participar en el Grupo (con voz, pero sin voto) otras entidades públicas relacionadas con la gestión de la deuda pública de un país en coordinación con la entidad pública responsable.
Sección 4: Las instituciones internacionales relacionadas con la gestión de la deuda pública pueden participar en las reuniones del Grupo. La invitación y participación de estas instituciones deberá ser ratificada por el Comité Directivo.
Sección 5: El Comité Directivo tendrá la autoridad para establecer y definir las categorías de miembros sin derecho a voto.
Sección 1: El Comité Directivo es responsable de la política general y la dirección del Grupo y tendrá siete miembros: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario Ejecutivo y otros cuatro funcionarios del Comité Directivo. Delegará la responsabilidad de las operaciones cotidianas en el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario Ejecutivo. El Comité Directivo no recibe ninguna compensación.
Sección 2: El Comité Directivo se reunirá una vez al año con ocasión de las Reuniones Anuales del Grupo, en una fecha y lugar acordados. Celebrará tantas reuniones adicionales como sea necesario a petición de cualquier miembro del Comité Directivo. Estas reuniones pueden ser a nivel de conferencia telefónica. Las decisiones que se tomen deberán ser comunicadas por correo electrónico a los miembros del Grupo.
Sección 3: Cada reunión del Comité Directivo debe tener un quórum de al menos cuatro de los miembros del Comité Directivo antes de que se puedan tramitar asuntos o presentar o aprobar mociones.
Sección 4: Una reunión oficial del Comité Directivo requiere que cada miembro del Comité Directivo tenga un aviso por escrito con no menos de dos semanas de anticipación. En circunstancias específicas, cada miembro del Comité Directivo recibirá una notificación por escrito con al menos 48 horas de anticipación.
Artículo 5: Los miembros del Comité Directivo serán elegidos por los representantes de las entidades con derecho a voto de los países miembros.
Sección 6: Todos los miembros del Comité Directivo ejercerán sus funciones por un período de tres años, pero son elegibles para la reelección por un período.
Artículo 7: Todos los miembros del Comité Directivo, excepto el Secretario Ejecutivo, serán elegidos en la Reunión Anual correspondiente. Sus funciones son las siguientes:
El Presidente convocará las reuniones ordinarias del Comité Directivo y presidirá o dispondrá que otros miembros del Comité Directivo presida cada reunión en el siguiente orden: el Vicepresidente y los otros tres miembros de la Mesa.
El Vicepresidente presidirá los comités sobre temas especiales designados por el Comité Directivo.
Artículo 8º: El Secretario Ejecutivo tendrá la función de representar al Grupo. Junto con el Comité de Dirección, se encargará de definir las directrices estratégicas del Grupo y la agenda de investigación. Dirigirá la organización de las reuniones anuales del Grupo. Será responsable de mantener registros de las acciones del Comité Directivo, incluida la supervisión de la toma de actas en todas las reuniones, el envío de anuncios de reuniones, la distribución de copias de las actas y la agenda a cada miembro del Comité Directivo, y garantizar que se mantengan los registros corporativos. Presentará un informe en cada reunión del Comité Directivo. Ayudará en la preparación del presupuesto, ayudará a desarrollar planes de recaudación de fondos y pondrá la información financiera a disposición de los miembros del Comité Directivo y del público. El Secretario Ejecutivo debe ser un funcionario del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que tendrá voz pero no voto. El Secretario Ejecutivo podría designar -con el aval del Comité Directivo- un Coordinador General y demás personal necesario para apoyar la implementación del programa del Grupo.
Sección 1: Se crea la Secretaría Técnica del Grupo con las siguientes funciones: coordinación y seguimiento de los estudios a realizar en el marco de las actividades del Grupo; actualización de la base de datos regional normalizada sobre deuda soberana; actualización de la página web del Grupo; apoyar los aspectos técnicos de la organización de las reuniones anuales del Grupo; entre otras actividades definidas por el Comité Directivo.
Sección 2: El BID contratará a un consultor o nombrará a un funcionario para que desempeñe las funciones de Secretario Técnico del Grupo. El Secretario Técnico será responsable de llevar a cabo las funciones asignadas a la Secretaría Técnica.
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