Todas las Notificaciones de Ación Administrativa (NAA) que emita el Oficial de Sanciones, deberán entregarse por correo certificado o mensajero y, en todos los casos, se requerirá comprobante de entrega.
Si no es posible la entrega de una Notificación a una parte investigada por los medios mencionados, el proceso de Notificación podrá cumplirse por la vía de una Notificación Presunta.
Notificación Presunta
La Notificación Presunta es la presunción de que la parte investigada (el demandado) tiene conocimiento de la emisión de una NAA en virtud del anuncio de una Notificación Pública en este sitio de la Internet.
El Oficial de Sanciones procederá a la entrega de una Notificación Presunta si:
- Después de razonables esfuerzos, no puede entregar directamente la NAA a un demandado, o
- Concluye que el demandado está eludiendo la entrega.
La Notificación Presunta deberá ejecutarse de conformidad con el Protocolo para la entrega de notificaciones de acción administrativa en relación con el Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (Protocolo para la entrega de notificaciones)
Notificación pública de intento de localizar a determinadas firmas y personas
El Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo trata de localizar a las firmas y personas que se enumera a continuación, a fin de entregarles una Notificación relacionada con los Procedimientos de Sanciones
Nombre de Empresa / Individuo | País | Dirección Registrada | Fecha de publicación | Fin de publicación |
---|---|---|---|---|
Puede obtenerse información adicional, así como copias de las Notificaciones pertinentes, contactando al Grupo del Banco por correo, teléfono, correo electrónico o fax a fin de suministrar los detalles de domicilio necesarios para proceder a la entrega. La información para contactar al Oficial de Sanciones es:
Sr. Juan G. Ronderos
Oficial de Sanciones del Grupo BID
Sistema de Sanciones del Grupo BID
Dirección de correo electrónico: SanctionsOfficer@iadb.org
Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo
1300 New York Avenue, N.W.
Washington, D.C. 20577, U.S.A.
Tel: +1-202-623-3223
Fax: +1-202-623-3018
El nombre de cada firma o persona enumerada líneas arriba se mantiene anunciado por espacio de treinta días corridos. Se considerará que la Notificación ha sido entregada al cabo de ese período, salvo que el Oficial de Sanciones reciba antes confirmación de su recibo, en cuyo caso se considerará consumada la entrega en la fecha de recibo de esa confirmación.
Para más información, consulte el Protocolo para la entrega de notificaciones en relación con Procedimiento de Sanciones del Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo.
El Grupo BID ha establecido mecanismos para asegurar la integridad en sus proyectos, y para garantizar que los infractores reciban una sanción proporcional a la infracción, luego de haber tenido la oportunidad de presentar sus descargos.
Conoce nuestra mirada integral sobre la transparencia y la rendición de cuentas.
El Grupo BID cuenta con un extenso conjunto de políticas, mejores prácticas y mecanismos especializados para reforzar las mejores prácticas de integridad y disuadir Prácticas Prohibidas como el fraude y la corrupción en todos los proyectos financiados por el Grupo BID.