Notificaciones del Oficial de Sanciones
Todas las Notificaciones de Ación Administrativa (NAA) que emita el Oficial de Sanciones, deberán entregarse por correo certificado o mensajero y, en todos los casos, se requerirá comprobante de entrega.
Si no es posible la entrega de una Notificación a una parte investigada por los medios mencionados, el proceso de Notificación podrá cumplirse por la vía de una Notificación Presunta.
Notificación Presunta
La Notificación Presunta es la presunción de que la parte investigada (el demandado) tiene conocimiento de la emisión de una NAA en virtud del anuncio de una Notificación Pública en este sitio de la Internet.
El Oficial de Sanciones procederá a la entrega de una Notificación Presunta si:
- Después de razonables esfuerzos, no puede entregar directamente la NAA a un demandado, o
- Concluye que el demandado está eludiendo la entrega.
La Notificación Presunta deberá ejecutarse de conformidad con el Protocolo para la entrega de notificaciones de acción administrativa en relación con el Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (Protocolo para la entrega de notificaciones).