Sanctions Committee
Trasparencia
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Código de Sanción

SNC22

Nombre del proyecto
Programa de Innovación en la Infraestructura Escolar
País
Panamá
Práctica(s) Prohibida(s)
Práctica Corrupta
Práctica Fraudulenta
Nacionalidad
España
Año
Tipo de Sanción
Inhabilitación

Duration

120
Meses
Práctica(s) Prohibida(s) Texto

Práctica Fraudulenta: El Comité de Sanciones encontró que la preponderancia de la prueba indica que el individuo Investigado (el “Investigado”) falsificó información para demostrar que una de las empresas oferentes cumplía con los requisitos financieros de la licitación. El Investigado, además, tergiversó la información técnica de otra empresa oferente para aparentar cumplir con los requisitos de la licitación. En estos casos, el Investigado buscaba obtener un beneficio financiero derivado de la adjudicación de los contratos.

Prácticas Corruptivas: El Comité de Sanciones encontró que es más probable que no que el Investigado haya solicitado dinero a dos empresas oferentes y haya facilitado cantidades de dinero destinadas al pago de sobornos a funcionarios públicos involucrados en la adjudicación de las licitaciones con el fin de influenciarlos indebidamente.

Sinopsis

El Investigado, a través de compañías, brindó servicios de asesoramiento y consultoría en actividades de construcción a empresas que presentaron ofertas en las licitaciones públicas del Programa de Innovación en la Infraestructura Escolar (el “Programa”).

La Oficina de Integridad Institucional (“OII”) presentó un Pliego de Cargos y Pruebas contra el Investigado y otros, por haber realizado presuntamente prácticas corruptivas y fraudulentas vinculadas con el Programa.  Las alegaciones específicas de OII fueron que el Investigado, a través de compañías, se involucró en prácticas fraudulentas al participar en la acreditación de requisitos financieros y técnicos establecidos en los documentos de licitación y engañar a la agencia ejecutora del Programa y al Banco, para obtener un beneficio financiero. Además, OII presentó alegaciones contra el Investigado por cometer  prácticas corruptivas al haber solicitado y/o facilitado el pago de dinero por parte de empresas oferentes a cambio de influenciar indebidamente las acciones de funcionarios públicos encargados de las licitaciones para garantizar la adjudicación de contratos a favor de estas empresas.

Consecuentemente, y de acuerdo con el Procedimiento de Sanciones, el Oficial de Sanciones (“OS”) emitió una Notificación de Acción Administrativa (la “Notificación”) al Investigado.  En la Respuesta a la Notificación, el Investigado negó las alegaciones presentadas por OII.  A continuación de la emisión de la Notificación, y tras haber evaluado la Respuesta del Investigado, el OS emitió una Determinación hallando que el Investigado incurrió en prácticas corruptivas y fraudulentas e impuso una Inhabilitación en su contra.  De acuerdo con el Procedimiento de Sanciones, el Investigado apeló la Determinación del OS ante el Comité de Sanciones (el “Comité”).  El Investigado negó haber incurrido en prácticas prohibidas.

Luego de una revisión de novo del expediente (incluyendo el Pliego de Cargos y Pruebas, la Notificación, la Respuesta del Investigado, la Determinación del OS, la Apelación del Investigado y la Réplica de la OII) así como de las declaraciones orales, argumentos y materiales adicionales presentados por las partes durante la audiencia, el Comité concluyó que es más probable que no que el Investigado haya incurrido en prácticas fraudulentas y corruptivas. El Comité decidió sancionar de manera cumulativa e impuso una inhabilitación por un período de diez (10) años, en el cual el Investigado no podrá ser elegido para participar o ser adjudicado en proyectos o actividades financiadas por el Banco.  El Comité tomó en consideración los siguientes factores agravantes: (i) el papel central del Investigado a través de compañías, (ii) la conducta reiterada, (iii) el involucramiento de funcionarios públicos, y (iv) la interferencia con la investigación de OII. Cabe notar que el Comité no consideró factores atenuantes.

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