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Duration
Sanción impuesta con base en lo dispuesto en la Sección 8.3 de los Procedimientos de Sanciones.
La Oficina de Integridad Institucional presentó un Pliego de Cargos y Pruebas en contra de la empresa investigada principal por la presunta comisión de prácticas fraudulentas. El Oficial de Sanciones determinó que es más probable que no que la empresa investigada principal cometiera las prácticas fraudulentas de las cuales se la acusó. Por tal motivo, le impuso una sanción de inhabilitación con condonación condicional, con un periodo mínimo de inelegibilidad de un (1) año para la participación y/o adjudicación de contratos en proyectos o actividades financiadas por el Grupo del Banco. Dicha inhabilitación cesará y la Investigada quedará sujeta a una sanción de no inhabilitación condicional por tres (3) años, si después de transcurrido el periodo mínimo de inelegibilidad, demuestra que ha cumplido las condiciones impuestas por el OS. En caso de incumplimiento, el periodo mínimo de inelegibilidad se prolongará por tres (3) años más. La sanción impuesta se extendió a un individuo que ejercía facultades de control sobre la empresa investigada principal.