123-01
Prácticas Fraudulentas: Los alegatos en contra de la Empresa Unipersonal Investigada estaban relacionados con prácticas fraudulentas por la presentación de certificados falsos durante tres procesos de comparación de precios. El Oficial de Sanciones (“OS”) ordenó la terminación del proceso tras comprobar el fallecimiento del propietario y representante legal de la Empresa Unipersonal Investigada.
La Empresa Unipersonal Investigada (la “Investigada”), actuando a través de su propietario y representante legal, participaba en tres procesos de comparación de precios en el marco del Programa de Saneamiento del Lago Titicaca y el Programa de Agua y Alcantarillado Periurbano Fase I y Financiamiento Complementario (los “Programas”). La Oficina de Integridad Institucional (la “OII”) presentó un Pliego de Cargos y Pruebas en contra de la Investigada por la presunta comisión de prácticas fraudulentas relacionadas con los Programas. En efecto, la OII denunció que la Investigada había incurrido en prácticas fraudulentas durante los procesos de comparación de precios al haber presentado certificados falsos, con el fin de acreditar los requisitos establecidos en los documentos de solicitud de cotización y obtener así el beneficio financiero derivado de la adjudicación de los contratos y otros beneficios indebidos. Consecuentemente, y de conformidad con los Procedimientos de Sanciones, el OS emitió una Notificación de Acción Administrativa (la “Notificación”) en contra de la Investigada. Esta última no presentó Respuesta a la Notificación.
El OS ordenó la terminación del procedimiento tras comprobar el fallecimiento del propietario y representante legal de la Investigada, la cual no constituía una persona jurídica independiente. La Determinación del OS fue final.