103-08
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Sanción impuesta con base en lo dispuesto en la Sección 8.3 de los Procedimientos de Sanciones.
La Oficina de Integridad Institucional presentó un Pliego de Cargos y Pruebas en contra de un individuo investigado por la presunta comisión de prácticas fraudulentas y corruptivas en relación con el Programa de Innovación en la Infraestructura Escolar. El Oficial de Sanciones determinó que es más probable que no que el individuo investigado cometiera las prácticas prohibidas de las cuales se le acusó. Por tal motivo, le impuso una sanción de inhabilitación por un período de siete (7) años durante el cual no podrá participar ni obtener contratos ni beneficios de proyectos o actividades financiadas por el Grupo del Banco. De conformidad con la sección 8.3 de los Procedimientos de Sanciones, la sanción impuesta se extendió a una entidad controlada por el individuo investigado.