Queda sin efecto la cláusula que excluía los temas bajo procesos judiciales de un proceso MICI

A partir del 1 de julio de 2021 queda sin efecto la cláusula 19 (d) de la Política del MICI que excluía los “temas o asuntos específicos (…) objeto de procesos arbitrales o judiciales en un país miembro del BID”. El pasado mes de abril, los directorios ejecutivos del BID y de la CII aprobaron suprimir esta cláusula tras considerar las cinco recomendaciones que formuló la Oficina de Evaluación y Supervisión (OVE) en su reciente evaluación del mecanismo. De esta manera, la existencia de procesos judiciales abiertos dejará de ser uno de los criterios con los que se examinan si un reclamo presentado ante el MICI es elegible o no.

Según la evaluación de OVE, “la exclusión judicial sigue constituyendo un obstáculo para el funcionamiento efectivo del mecanismo. Más allá de que la interpretación de su alcance no es clara y está a la base de innumerables controversias entre la administración y el MICI, su aplicación en los últimos 5 años ha generado ineficiencias en el proceso MICI y la exclusión de temas de importancia en la correcta aplicación de las políticas de salvaguardias y estándares ambientales y sociales del Grupo BID”. La evaluación también tuvo en consideración que la mayoría de los mecanismos de rendición de cuentas de otros bancos multilaterales de desarrollo no incluyen una exclusión de este tipo.

El análisis realizado por OVE destaca que, de las 27 solicitudes que fueron registradas entre diciembre de 2014 (fecha de la entrada en vigor de la actual política del MICI) y junio de 2020, “la exclusión judicial se invocó en más de la mitad (15), impactando la determinación de elegibilidad en seis de ellas y limitando con ello la posibilidad del MICI de ser un recurso para los solicitantes”.

Diagrama OVE
Fuente: Evaluación OVE

Entre los motivos para recomendar la supresión de esta cláusula judicial, OVE subrayó que “los procesos judiciales que finalmente activaron la exclusión eliminaron temas centrales de los reclamos y de gran importancia para el Grupo BID en cuanto a la aplicación de sus políticas de salvaguardias y estándares ambientales y sociales”.

summary
Desde el 1 de julio del 2021, los asuntos bajo procesos judiciales ya no quedan excluidos de un proceso MICI, por decisión de los directorios ejecutivos del BID y de la CII siguiendo la recomendación formulada por la Oficina de Evaluación y Supervisión en su reciente evaluación del Mecanismo.