Integridad en el Grupo BID
La Oficina de Integridad Institucional (OII) desempeña un papel clave en la labor del Grupo BID en materia de integridad. La OII recibe e investiga las denuncias de fraude y corrupción en las actividades financiadas por el Grupo BID y realiza tareas preventivas mediante la elaboración de lo aprendido a partir de las investigaciones con el fin de mejorar las políticas y los mecanismos de integridad del Grupo BID.
El programa de integridad del Banco se basa en el documento titulado Fortalecimiento de un Marco Sistémico Contra la Corrupción para el Banco Interamericano de Desarrollo, adoptado por el Directorio Ejecutivo del Banco en 2001. Este marco gira en torno de tres sectores distintos pero estrechamente ligados uno con otro:
- Asegurar que el personal del Banco actúe de acuerdo con los más altos niveles de integridad y que las políticas y procedimientos internos del Banco estén orientados a la consecución de ese objetivo;
- Asegurar que las actividades financiadas por el Banco estén exentas de fraude y corrupción y que se las ejecute en un adecuado ambiente de control; y
- Apoyar los programas que ayuden a los países miembros prestatarios del Banco a fortalecer la buena gestión de gobierno, mantener el estado de derecho y luchar contra la corrupción.
Si bien la OII trabaja en estos tres sectores, su función principal consiste en ayudar al Grupo BID a asegurarse de que no se den prácticas fraudulentas o corruptas en las actividades que financia. Los recursos de la OII se utilizan principalmente para investigar denuncias de fraude y corrupción en actividades financiadas por el Grupo BID y formular programas de divulgación y prevención.
El Grupo BID aplica las siguientes definiciones normalizadas de fraude y corrupción adoptadas por la Fuerza de Trabajo Anticorrupción de las Instituciones Financieras Internacionales (IFI).
i. Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, de manera directa o indirectamente, algo de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
ii. Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluyendo la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberadamente o por negligencia grave, engañe o intente engañar a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra índole, o para evadir una obligación;
iii. Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, de manera directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar en forma indebida las acciones de una parte; y
iv. Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito indebido, incluyendo influenciar en forma indebida las acciones de otra parte.
Quienes participan en actividades financiadas por el Grupo BID están sujetos a los más altos niveles de integridad. Ello incluye a prestatarios, beneficiarios de donaciones, organismos ejecutores y contratistas que participen en actividades financiadas por el Grupo BID. Los funcionarios del Banco tienen la obligación de denunciar toda posible violación de los reglamentos del Grupo BID contra la corrupción.

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