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Noviembre-Diciembre 1999

Informe Especial: REFORMA JUDICIAL

¿Quién redactó estas leyes? Nuevos códigos buscan reflejar más de un siglo de cambio económico y social

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El primer punto de acceso: un juez de paz




  • Si usted fuera una esposa maltratada en El Salvador, su marido prácticamente tendría que matarla antes de enfrentar un serio riesgo de ir a la cárcel.

  • Si usted fuera fruto de un concubinato, bien podría olvidarse de recibir asistencia financiera de un padre renuente a proveerla.

  • Si usted fuera un menor de edad sospechoso de un delito, estaría en una cárcel atestada de criminales mucho mayores que usted, donde podría tener que esperar años antes de ver a un juez.

Esas son unas pocas de las situaciones que eran técnicamente legales en El Salvador hasta 1994. Ese año la Asamblea Legislativa reemplazó el Código Civil vigente desde 1860 con uno de los códigos de jurisprudencia familiar más progresistas de América Latina. Un año después, la legislatura aprobó nuevas leyes que tipificaban delitos juveniles y ordenaban centros de detención y rehabilitación separados para delincuentes menores de edad. En abril de 1998, la legislatura puso en efecto códigos penales y de sentencia que especifican nuevas categorías de delitos, establecen nuevos procedimientos para investigaciones y procesos criminales, y fijan nuevas normas para la sentencia y el tratamiento de reclusos (Ver un sumario de las nuevas leyes en el artículo "Un Nuevo Panorama Legal").

El Salvador es un caso relativamente único en América Latina en haber optado por borrar y hacer cuenta nueva en materia de leyes en esas áreas, que incumben a más de la mitad de la actividad de sus juzgados. Todas las otras áreas, incluyendo el derecho laboral y comercial, continúan bajo el viejo código civil. La mayoría de los otros países latinoamericanos han optado por un enfoque gradual, modificando el código civil o cambiando aspectos de las normas de procedimiento, por ejemplo.

Varios factores influyeron para esa estrategia de todo o nada aplicada en El Salvador. Uno fue el efecto de la guerra civil, que puso en evidencia el vínculo entre violaciones de los derechos humanos y las deficiencias en las leyes y procedimientos judiciales. La guerra civil también obligó a reconocer la creciente brecha entre el código civil y la realidad social de la mayoría de la población. Miles de niños que habían quedado huérfanos o separados de sus padres debido al conflicto estaban internados en centros gubernamentales improvisados, por ejemplo. Pero dado que el código civil no contemplaba esa situación, el gobierno carecía de base legal para formular políticas que atendieran a las necesidades a largo plazo de esos niños. De la misma forma, un estudio de pos guerra indicó que casi la mitad de las parejas salvadoreñas que tenían niños no estaban legalmente casadas. Debido a la estricta definición de matrimonio inscripta en el código civil, esas familias vivían en un limbo legal en el que era imposible resolver disputas sobre la custodia de niños la separación de bienes y otros asuntos de familia.
El código civil de El Salvador tampoco reflejaba los derechos y principios articulados en la Constitución de 1983 ni tampoco los tratados ratificados por la Asamblea Legislativa, como la Convención Internacional sobre Derechos del Niño y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. "Examinamos nuestra legislación de 1860 y nos preguntamos: ”¿Dónde están los derechos del niño, de la mujer, de la familia?", recuerda María Teresa de Mejía, que ahora encabeza el Instituto Salvadoreño para la Protección de Menores (ISPM). La población se preguntaba lo mismo en cuanto a la protección de los derechos de los reclusos y en cuanto a las víctimas de torturas y en cuanto a otros problemas –como la contaminación industrial y la corrupción en el gobierno– que tampoco estaban contemplados en el código de 1860.

Esas objeciones iban más allá de lo académico, porque en la tradición de un código civil un delito sólo puede ser castigado si está explícitamente descripto en la ley.

Un debate público. Desde mediados de los años 1980's, pequeños equipos técnicos en sucesivos gobiernos salvadoreños, utilizando asistencia de la Agencia de EE.UU. para el Desarrollo (USAID) y posteriormente de las Naciones Unidas, prepararon proyectos de leyes que podrían zanjar esas brechas. Además de codificar derechos constitucionales y especificar nuevos delitos, los proyectos propusieron un tipo de proceso judicial enteramente nuevo basado en procedimientos orales dominados por fiscales y defensores públicos (Ver artículos "Nos vemos en la corte!") y "Un Nuevo Panorama Legal").

Sabiendo que las nuevas leyes no serían aprobadas por la Asamblea Legislativa sin un amplio apoyo público, el Ministerio de Justicia lanzó un amplio programa de consulta pública para cada una de ellas, publicando los proyectos en todo el país y pidiendo a las partes interesadas que los comentaran. Los códigos juvenil y de familia, aunque controvertidas, obtuvieron inmediato apoyo de una amplia gama de sectores y fueron aprobados con relativa facilidad.

Los códigos penales fueron otra historia. "Pasamos cuatro años discutiéndolos", recuerda Lorena Peña, una representante del FMLN que encabeza la Comisión de Infancia, Familia y Mujer en la Asamblea Legislativa. "Escuchamos a todas las organizaciones de derechos humanos, a todas las asociaciones de abogados, a todos los otros interesados, y tuvimos tremendos debates entre nosotros mismos". El debate público no ha cesado en los 18 meses transcurridos desde que los nuevos códigos penales entraron en efecto. Se han hecho numerosas modificaciones a las leyes originales y la Asamblea Legislativa actual está debatiendo propuestas de enmiendas adicionales (Ver artículo "¿Justicia para quién?"). Pero Lorena Peña, que está en desacuerdo con varios puntos importantes en el código penal, cree que el prolongado debate era esencial para la credibilidad de la reforma. "Nadie puede argumentar que estas leyes no son producto de un consenso", afirma.

¿Exitosos? Buenas leyes no son garantía de justicia, por supuesto. En la medida en que los nuevos códigos de El Salvador son considerados exitosos, es porque demandaron la creación de nuevos puntos de acceso a la justicia y de nuevos procedimientos para hacer más eficientes a los servicios judiciales. Para cumplir con los nuevos códigos de menores y de familia, por ejemplo, el poder judicial construyó y equipó docenas de nuevos juzgados que se hacen cargo exclusivamente de ese tipo de casos. Casi desde el día en que fueron abiertos, en 1994, los nuevos juzgados se han visto abrumados. Lorena Peña apunta al ejemplo de violencia doméstica. "Antes de que fuera aprobado el nuevo código, cada año teníamos en El Salvador unos 300 casos de violencia doméstica. Después que la ley fue aprobada y se abrieron los nuevos juzgados, se registraron 14.000 casos en un sólo año".

Francisco Díaz, un miembro del Consejo Judicial Nacional, dice que la popularidad de esas cortes se debe en parte a la creciente confianza de las mujeres salvadoreñas en la posibilidad de lograr resarcimiento judicial. "Las posibilidades de que una mujer en conflicto con su esposo obtenga un fallo favorable son mucho, mucho más grandes que antes", explica.

Pero los juzgados de menores y de familia no emiten simples veredictos. Las nuevas leyes dan al estado la responsabilidad de asistir a las familias y a los menores de edad más allá de la sentencia mediante asistentes sociales y psicólogos que siguen de cerca los casos y subsecuentemente asesoran a las cortes. Los menores delincuentes, por ejemplo, son encargados al Instituto Salvadoreño para la Protección de Menores, que lleva a cabo programas de rehabilitación en centros completamente separados del sistema carcelario.

Aunque sería todavía prematuro evaluar los efectos de los nuevos códigos penales, hay por lo menos una indicación que nadie discute. "El caso penal promedio demandaba entre dos años y medio y tres años para ser resuelto bajo el antiguo código penal", dice René Hernández Valiente, que fue designado miembro de la Corte Suprema en 1994, tras desempeñarse como ministro de justicia. "Hoy en día, el promedio son cuatro meses".

Los nuevos códigos han mejorado asimismo el acceso al sistema judicial expandiendo ampliamente la autoridad y responsabilidad de los 323 jueces de paz (ver recuadro arriba a la izquierda). Estos funcionarios, que existen virtualmente en cada municipalidad, ahora tienen que ser diplomados en derecho y deben aprobar exámenes que toma el Consejo Judicial Nacional. Además de evitar que casos menores abrumen a las cortes más altas, eso permite que la gente de recursos limitados solucione sus problemas legales más rápidamente y más cerca de donde viven.



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